Definición
(1) La persona que tiene custodia o control de fondos o artículos para el beneficio de otro; (2) en un caso de bancarrota, una persona nombrada para representar los intereses del patrimonio de bancarrota y los acreedores no asegurados. Las responsabilidades del fideicomisario pueden incluir la venta de propiedades del patrimonio, distribuir los resultados de la venta a los acreedores, e iniciar acciones en contra de acreedores o el deudor para recuperar la propiedad del patrimonio de bancarrota.
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