Definición
La decisión final del juez o jurado acerca de la culpabilidad o inocencia de un acusado penal. En un caso civil, puede ser: (1) general: un veredicto del jurado en un caso civil a favor del demandante o en favor del acusado; (2) especial/dirigido: el veredicto del juez en un caso civil, después de considerar las leyes aplicables y después de que el jurado tome sus conclusiones con respecto a los hechos en cuestión.
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